📋 ESQUEMA Reglamento 1/2005 CGPJ
Esquema de Acuerdo de 15 de septiembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2005, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales (Reglamento 1/2005 CGPJ)
Estructura completa por títulos y capítulos, para repasar antes del examen.
Título I. De la publicidad de las actuaciones judiciales, publicación de las resoluciones judiciales, habilitación de días y horas, fijación de las ho
Artículos 1 a 16
- Capítulo I. La publicidad de las actuaciones judiciales y publicación de las resoluciones judiciales(arts. 1–7)
- Capítulo II. La habilitación de días y horas(arts. 8–9)
- Capítulo III. La audiencia pública, el horario de los Jueces y Magistrados y los señalamientos(arts. 10–13)
- Capítulo IV. La constitución de los órganos judiciales fuera de su sede(arts. 14–16)
Título II. De la especialización de los órganos judiciales y del reparto de asuntos y ponencias
Artículos 17 a 37
- Capítulo I. Especialización de los Juzgados(arts. 17–23)
- Capítulo II. Especialización de las secciones(arts. 24)
- Capítulo III. Reparto de asuntos(arts. 25–28)
- Capítulo IV. Liberación total o parcial de asuntos(arts. 29–33)
- Capítulo V. Reparto de ponencias(arts. 34–37)
Título III. Del servicio de guardia
Artículos 38 a 63
- Capítulo I. Normas generales(arts. 38–49)
- Capítulo II. Normas particulares(arts. 50–63)
Título IV. De la cooperación jurisdiccional
Artículos 64 a 85
- Capítulo I. La cooperación entre los Jueces y Tribunales españoles(arts. 64–73)
- Capítulo II. La cooperación jurisdiccional internacional(arts. 74–85)
Título V. Del establecimiento y gestión de los ficheros automatizados bajo la responsabilidad de los órganos judiciales
Artículos 86 a 97
Título VI. Del procedimiento de aprobación de los programas, aplicaciones y sistemas informáticos de la Administración de Justicia
Artículos 98 a 102
Título VII. De los Servicios Comunes
Artículos 103 a 107
- Capítulo I. Servicios comunes procesales(arts. 103–106)
- Capítulo II. Oficinas comunes de apoyo(arts. 107)